Covid-19: ¿Qué se puede hacer y qué no, a partir de las nuevas restricciones nacionales?

El presidente Alberto Fernández el día de ayer anuncio las nuevas medidas de prevención que se regirán a partir de hoy 7 de agosto hasta el 1 de octubre; con el fin de poner en marcha un plan de recuperación de actividades de manera responsable y cuidadosa; para aumentar las aplicaciones de la segunda dosis contra el covid-19.

El día de hoy entro en vigencia el DNU 494/2021 que establece las medidas preventivas contra el coronavirus.

𝗔𝗰𝘁𝗶𝘃𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝘀𝘂𝘀𝗽𝗲𝗻𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝘁𝗼𝗱𝗼 𝗲𝗹 𝘁𝗲𝗿𝗿𝗶𝘁𝗼𝗿𝗶𝗼 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹.

  1. Viajes grupales de egresados y egresadas, de jubilados y jubiladas, y grupales de estudiantes, o similares.
  2. Eventos masivos de más de 1.000 personas
  3. Reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas. Si el domicilio cuenta con espacio al aire libre y se amplía a 20 personas.
  4. Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.
  5. Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.

𝗖𝗹𝗮𝘀𝗲𝘀 𝗽𝗿𝗲𝘀𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀

Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país según la normativa vigente.

𝗔𝗰𝘁𝗶𝘃𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗽𝗲𝗿𝗺𝗶𝘁𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝘀𝗽𝗮𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗰𝗲𝗿𝗿𝗮𝗱𝗼𝘀 𝘂𝗻 𝗮𝗳𝗼𝗿𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝟳𝟬%

  • Práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos
  • Cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos.

Los aglomerados urbanos de más de 300.000 habitantes serán considerados en situación de alarma epidemiológica y sanitaria cuando:

  • La ocupación de camas totales de terapia intensiva sea superior al 80%.
  • La variación porcentual del número de pacientes internados en UTI por COVID-19 de los últimos 7 días, respecto de los 7 días anteriores, sea superior al 20%.

𝗔𝗰𝘁𝗶𝘃𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝘀𝘂𝘀𝗽𝗲𝗻𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗮𝗹𝗮𝗿𝗺𝗮 𝗲𝗽𝗶𝗱𝗲𝗺𝗶𝗼𝗹𝗼𝗴𝗶𝗰𝗮 𝘆 𝘀𝗮𝗻𝗶𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗹 𝘁𝗲𝗿𝗺𝗶𝗻𝗼 𝗱𝗲 𝗻𝘂𝗲𝘃𝗲 𝗱𝗶𝗮𝘀

  • Restricción para circular entre las 20 horas y las 6 horas del día siguiente.
  • Queda prohibido cualquier evento masivo.
  • Actividades económicas que se realicen en lugares cerrados, el aforo será de hasta un máximo del 50 % de la capacidad máxima habilitada.
  • Actividades religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales que se realicen en lugares cerrados, el aforo será de hasta 30 %.
  • No podrán realizarse reuniones sociales en los domicilios particulares de más 10 personas.
  • No podrán realizarse actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

𝗖𝗶𝗲𝗿𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗳𝗿𝗼𝗻𝘁𝗲𝗿𝗮𝘀

  • Se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.

Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado Nacional. 

  • Sigue prohibido el ingreso de extranjeros y el ingreso por frontera terrestre
  • Se eliminan las restricciones de vuelos directos por países con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos países.

El presidente Alberto Fernández dijo: “Cuanto más vacunemos y nos cuidemos más podremos sostener estos logros y más podremos avanzar en aperturas sostenidas y progresivas”.

Por lo tanto, estas son las nuevas medidas que ya se encuentran en vigencia.

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