El Área de Inspección y Control de la Municipalidad de Santa Rosa informó cuáles son las infracciones en la vía pública sobre las que se aplicará una multa. El objetivo es evitar contaminación del medio ambiente, deterioro del paisaje, obstrucción de acequias y sistemas de regadíos.
Suele suceder que al momento de mejorar nuestra vivienda los materiales no tengan un lugar definido; ¿Dónde terminan? en la vía pública. En principio la oficina de Inspección y Control adelantó que los vecinos tienen un plazo de 10 días para poder darle utilidad a esos materiales, después de ese tiempo, depende de nosotros como ciudadanos contribuir o no, con el medio ambiente, y evitar la obstrucción de la vía pública y el normal funcionamiento de los caminos.
Según el Artículo 53 “Multas e infracciones por usos de la vía pública-servicios públicos:
- INFRACCIONES EN LA VÍA PÚBLICA
1. Derrame de aguas servidas (cloacas)
1. Derrame de aguas negras
2. Por obstruir la vía pública con arrojo de escombros y basura
3. Por dejar y mantener vehículos fuera de uso que entorpecen la libre circulación de vehículos
4. Por arrojar basura en lugares prohibidos
5. Por quemar basura u hojas que atenta con el medio ambiente
6. Por otros casos no contemplados.
7. Reincidencia 100% por cada infracción
- MULTAS POR OBSTRUCCIÓN EN LA VÍA PÚBLICA
- Por depositar vehículos en estado de abandono en la vía pública.
- Por mantener vehículos por cualquier tipo de reparación en la vía pública (talleres mecánicos)
- Por depositar material pétreo, tierra y cualquier otro tipo de material que obstruya la circulación.
- Por depositar residuos domiciliarios fuera de la hora habitual de recolección.
- Cobro a los comercios, rubro “Supermercados” por el volumen de basura producida.
- Por arrojar a las acequias los residuos provenientes de la limpieza de veredas, jardines y arbolado público o privado.
- Por arrojar cualquier tipo de residuos en lugares públicos, fiscales o privados.
- Por ocupación de veredas con vallas, andamios y/o cierre de obra.
- MULTAS POR ARROJO DE ESCOMBROS
- Cuando se arrojen escombros, residuos o basura en terrenos baldíos.
- MULTAS POR DAÑOS AL ARBOLADO PÚBLICO
- Por poda del arbolado público, sin autorización por cada uno de ellos.
- Por dañar el arbolado público (colocación de cruzacalles, publicidad en general) o cualquier elemento que afecte o dañe la vida de la especie arbórea (clavos, alambres, cintas, pintura, etc)
LIMPIEZA Y DESMONTE DE LOTES BALDÍOS
- Será responsabilidad del propietario del lote, en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de notificación de mantener limpio y realizar cierre perimetral para evitar inconvenientes. Caso contrario, estará sujeto a la aplicación de una multa.
- Lo efectuará el Municipio cuando el contribuyente haya sido emplazado y no haya dado cumplimiento desde la fecha de notificación y deben abonar por m2 o fracción.